El beneficio “ADELANTO EXPRESS” es una modalidad de desembolso que estará vigente del 15 de agosto al 30 de septiembre de 2026 hasta las 5:00 p.m.
1. Objeto del beneficio
El beneficio consiste en un adelanto parcial de B/.500.00 del desembolso de un préstamo previamente aprobado. Este adelanto forma parte del monto total del préstamo y no constituye un préstamo independiente, dinero adicional, incentivo en efectivo, bono, premio ni descuento sobre la obligación crediticia.
2. Condición de aprobación
El préstamo deberá ser aprobado por PANACREDIT dentro del período de vigencia antes indicado.
3. Plazo para formalización
Una vez aprobado el préstamo dentro del período de vigencia, el cliente dispondrá hasta el 30 de septiembre de 2026 para suscribir la documentación requerida y completar el desembolso, siempre que la aprobación crediticia permanezca vigente. La formalización estará sujeta a que se mantengan vigentes las condiciones que dieron origen a la aprobación del crédito. PANACREDIT podrá dejar sin efecto la operación si dichas condiciones varían antes del desembolso.
4. Elegibilidad
Podrán ser elegibles para el beneficio clientes nuevos o refinanciamientos de los segmentos:
5. Condiciones financieras
El cliente deberá cumplir con lo siguiente:
6. Entrega del beneficio
El adelanto será desembolsado mediante transferencia electrónica (ACH) a la cuenta validada por PANACREDIT, una vez:
Como condición previa para la entrega del adelanto, el cliente deberá suscribir un Pagaré de Garantía por Adelanto de Desembolso por el monto de B/.500.00, vinculado a la solicitud de crédito mediante el número de solicitud, identificador único del sistema y número de cliente. Dicho pagaré garantiza la restitución del adelanto en caso de que la operación no llegue a perfeccionarse. En caso de completarse el desembolso total del préstamo, el adelanto se entenderá incorporado al capital financiado y el pagaré quedará cancelado automáticamente.
La entrega del adelanto no genera obligación de desembolso del préstamo cuando la operación no llegue a perfeccionarse conforme a las políticas de crédito de PANACREDIT.
7. Exclusiones
No aplica para:
8. Condiciones generales
El beneficio está sujeto a aprobación de crédito, verificación de información, validación documental y cumplimiento de políticas internas de PANACREDIT.
9. Limitaciones
10. Facultades de PANACREDIT
PANACREDIT negar, suspender o dejar sin efecto el beneficio:
11. Restitución del adelanto
En caso de que la operación no se perfeccione por causa imputable al cliente o por incumplimiento de las condiciones requeridas, PANACREDIT podrá exigir la restitución del adelanto conforme a los documentos suscritos, incluyendo el pagaré suscrito para garantizar el adelanto.
12. Modificaciones
PANACREDIT podrá modificar, prorrogar o finalizar el beneficio por causa justificada, respetando los derechos de operaciones ya formalizadas.
13. No participación
La decisión de no participar en el beneficio quedará registrada en los sistemas de registros electrónicos de PANACREDIT, generados durante el proceso de atención, evaluación y formalización del crédito, los cuales estarán asociados a la operación y reflejarán la manifestación de voluntad del cliente. Dichos registros, junto con las validaciones y confirmaciones realizadas por el cliente a través de los canales habilitados, constituirán evidencia de su consentimiento informado respecto de su decisión de no acogerse al beneficio.
